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Ógranos de Gobierno Zona Franca Cádiz

Ventajas y servicios

¿Qué es Zona Franca?

La Zona Franca de Cádiz es parte del territorio del Estado donde se aplica un régimen aduanero especial, considerándose que las mercancias se encuentran fuera del territorio aduanero de la UE, donde no están sujetas a los derechos de importación y a la aplicación de las medidas de política comercial.

Eso convierte a la Zona Franca de Cádiz en un lugar idóneo para realizar y potenciar el comercio internacional.

La Zona Franca de Cádiz se rige por lo establecido en el Código Aduanero Comunitario (Rto UE 952/2013), (Rto Delegado UE 2446/2015) y (Rto. de Ejecución UE 2015/2447) con relación a las zonas francas de la Unión Europea.

Ley 37/1992 IVA
Ley 38/1992 II.EE
Orden MEH 2 Diciembre de 1992

¿Quién puede operar en la Zona Franca?

Empresas de todos los sectores, nacionales y foráneas (con NIF nacional o a través representantes), que necesiten exportar o importar mercancías o dedicadas al comercio internacional. Se benefician las operaciones que se realizan entre la UE y terceros países, también para el comercio intracomunitario entre dos estados miembros.

Tipos de operaciones

Cualquier actividad industrial autorizada, comercial o de prestación de servicios. Pueden realizarse manipulaciones usuales que, según el Código Aduanero, son las efectuadas en mercancías para garantizar su conservación, mejorar su presentación o calidad comercial o preparar su distribución o reventa.

Cómo operar

Como operador, mediante arrendamiento se obtiene disposición de usos de una instalación donde se pretende realizar la actividad. El Departamento de Aduanas autorizará, previa petición la contabilidad de existencias, que es el instrumento por el que se controlan las operaciones de comercio exterior que se llevan a cabo dentro del Recinto.

Ventajas

  • Aduaneras
  • Las mercancías no comunitarias introducidas, no están sujetas al pago de derechos de importación en tanto no sean despachadas a Libre Práctica (*) o Consumo (**).
  • No están sujetas a medidas comerciales (restricciones o cupos).
  • Plazo de estancia ilimitado en el tiempo.
  • Pueden efectuarse sobre ellas manipulaciones al objeto de preparar su presentación (carga, descarga, envasado, etiquetado, limpieza, rotulado, montaje, embalaje, etc).
  • Posibilidad de efectuar despachos parciales, según necesidades logísticas o comerciales (solo liquidará impuestos por estos parciales a la salida).
  • No es necesario la constitución de garantía aduanera.
  • Pago anticipado de restituciones a las mercancías comunitarias agrícolas destinadas a la exportación.
  • Fiscales
  • En tanto no se despache a consumo, no surge la obligación de liquidar el IVA a la importación.
  • Importación con exención de IVA por envío a otro país miembro de la UE.
  • Posibilidad de despacho a Libre Práctica y vinculación al Régimen de Depósito Distinto al Aduanero (***), ello permite la exención del IVA, pudiéndose realizar igualmente ventas sucesivas manteniendo la exención.

A la salida, tras el abandono del Régimen, se liquidará por el último propietario el IVA asimilado a la importación, que tiene un efecto neutro al ser deducible en el mismo instante.

Difiere la liquidación del IVA a los periodos que corresponda según la actividad.

  • Introducción de mercancías comunitarias acogiéndose a exención de IVA.
  • Almacenamiento durante 6 en régimen suspensivo de mercancías sujetas a II.EE. destinadas a la exportación sin necesidad de usar la figura de depósito fiscal.

Enlace directo a autovía que conecta con las principales redes de transportes, aeropuerto de Jerez, Sevilla, Bahía de Algeciras.

Servicios

Asesoramiento

  • Apoyo y asesoramiento a la internacionalización de empresas:
  • Asesoramiento en proyectos de salida a mercados exteriores (estudio del mercado-objetivo en relación con el producto a exportar, análisis de competitividad, costes, sistemas de comercialización y distribución, búsqueda de posibles socios o clientes), soporte técnico para las operaciones de exportación.
  • Asesoramiento en proyectos de aprovisionamiento en mercados exteriores (estudio del mercado-objetivo en relación con el producto a importar, análisis de costes, búsqueda de posibles socios o proveedores), soporte técnico para las operaciones de importación.
  • Asesoramiento en proyectos de inversión exterior, estudio de sectores, búsqueda de socios y subvenciones.
  • Asesoramiento en materia fiscal y aduanera.
  • Comercialización y asistencia técnica de programas informáticos de carácter fiscal y aduanero. Los operadores de áreas exentas (tanto de los depósitos aduaneros como de las zonas y depósitos francos) así como los gestores de depósitos fiscales están obligados al llevar un programa de contabilidad de existencias de las mercancías indicándose la situación aduanera y fiscal así como la documentación que la ampara. El Consorcio de la Zona Franca de Cádiz ha realizado un programa informático CEDOP que permite a través de Internet no solamente cumplir con dichas obligaciones con la Aduana sino obtener una serie de datos estadísticos y de control de las mismas. El programa CEDOP plenamente operativo, está siendo utilizado por múltiples empresas, a las cuales se les da acceso previo contrato de cesión de uso.
  • Organización de congresos, ferias, misiones comerciales y encuentros empresariales relacionados con el comercio e inversiones exteriores, destacando el carácter de miembro Coopeco del Programa Al-Invest de la Unión Europea.
  • Promoción de los productos y servicios de las empresas del ámbito de influencia de la Zona Franca de Cádiz mediante la participación en ferias y misiones comerciales directas e inversas.

Seguridad

  • Recintos cerrados y vigilados las 24 horas con sistemas electrónicos y videocámaras.

Equipamiento e instalaciones

  • Superficie total de 286.343 m², naves de 100 m² a 2.000 m², con tarifas bonificadas para empresas dedicadas al comercio exterior, báscula 60 TM, maquinarias, utillajes y personal cualificado, dispone en su interior de las instalaciones del puerto de la zona franca .Ver más información
  • A sólo 4 km del puerto de Cádiz.

(*) Despacho a Libre Práctica: Consiste en el pago de Aranceles, confiere carácter comunitario a la mercancía.

(**) Despacho a Consumo: Además de los Aranceles, se liquida IVA a la importación y si procede también los Impuestos Especiales, confiere el carácter de mercancía nacional, dispuesta para su uso o consumo.

(***) Depósito Distinto al Aduanero DDA: Permite la estancia de mercancía nacional o comunitaria beneficiándose de la exención de IVA.